El Congreso del Estado aprobó por unanimidad sancionar con penas de tres a seis años de prisión y otra económica de quinientos a mil días de multa a quien haga uso de la Inteligencia Artificial para manipular imágenes, audios y videos para crear hechos falsos con apariencia real que afecte la intimidad sexual de terceras personas.
Se trata de la práctica conocida como Deepfake, con la cual se hace uso de la inteligencia artificial para crear contenido erótico falso de forma convincente.
Las reformas propuestas consisten en adicionar al Artículo 185 Bis C, del Código Penal del Estado, los párrafos quinto y sexto, recorriéndose en su orden los subsecuentes.
“El primer párrafo que se adiciona es el siguiente: “Se impondrán las mismas penas previstas en el segundo párrafo del presente artículo, a quien haciendo uso de la Inteligencia Artificial, manipule imágenes, audios o videos, de contenido íntimo sexual de una persona, para crear hechos falsos con apariencia real con el propósito de exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y/o compartir a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, sin su consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado”.
El segundo párrafo que se adiciona establece que “Para efectos del párrafo anterior, se entenderá por Inteligencia Artificial las aplicaciones, programas o tecnología que analice fotografías, audios o videos y ofrece ajustes automáticos para hacerles alteraciones o modificaciones”.
El presidente de la Mesa Directiva, el diputado Ricardo Madrid Pérez, instruyó que se publique el decreto correspondiente.
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