Sinaloa prohíbe la educación con violencia física y psicológica

En el estado de Sinaloa queda prohibida la educación con violencia física y psicológica, luego de que el Congreso del aprobó por unanimidad una reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Con la aprobación de esta nueva ley se establece la obligatoriedad de la crianza positiva y la paternidad responsable para promover entornos familiares amorosos y con respeto.

Se explicó que la crianza positiva es el conjunto de prácticas de cuidado, protección, formación y guía que ayudan al desarrollo, bienestar y crecimiento saludable y armonioso de las niñas, niños y adolescentes, tomando en cuenta su edad, facultades, características, cualidades, intereses, motivaciones, límites y aspiraciones sin recurrir a castigos corporales ni tratos humillantes y crueles, salvaguardando el interés superior de la niñez con un enfoque de derechos humanos.

Se establece que corresponde a quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, la obligación primordial de proporcionar prácticas de crianza positiva dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida suficientes para su sano desarrollo.

Un punto central de la reforma es la clara prohibición de la violencia en la educación.”Se establece que la educación y corrección no justica el uso de violencia. Nunca más que la forma de educar sea sustentada en violencia y que la crianza debe ser respetuosa y basada en los derechos humanos de las infancias”, enfatizó la diputada María Teresa Guerra Ochoa, presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).

El artículo 45 de la ley ordena la implementación de políticas públicas y campañas de paternidad responsable, involucrando a autoridades de salud, educación y a instancias como SIPINNA y los DIF, para que hombres y mujeres participen activamente en la crianza.

Asimismo, el artículo 83 establece la necesidad de asegurar un entorno afectivo, promoviendo una crianza con amor, con la misión de asegurar una infancia y adolescencia felices, generando autoconfianza y un libre desarrollo de la personalidad.

La reforma también impacta en los centros de asistencia y atención de infancias y juventudes (artículo 88), obligándolos a garantizar la integridad física y psicológica de los menores bajo su custodia, con personal capacitado en crianza positiva. El artículo 94, por su parte, impulsa acciones para fomentar esta crianza positiva dirigidas a quienes ejercen la patria potestad.

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